Ley de Corretaje de Bienes Raíces

Ley de Corretaje de Bienes Raíces

Panamá es uno de los pocos países  que cuenta con regulación de la actividad del corretaje de bienes raíces. Esta profesión constituye un elemento importante para el desarrollo económico del sector inmobiliario del país.

A través del Decreto Ley N°6 del 8 de julio de 1999, que regula y reglamenta la profesión de Corredor de Bienes Raíces, además establece la Junta Técnica de Bienes Raíces en el Ministerio de Comercio e Industrias, se establece la obligatoriedad de contar con una licencia para poder ejercer la intermediación en una transacción inmobiliaria.

La Junta Técnica de Bienes Raíces es el ente gubernamental encargado de velar por el fiel cumplimiento del Decreto Ley. La norma establece las definiciones, requisitos para la obtención de la licencia de corredor de bienes raíces, vigencia de las licencias, los parámetros para interponer denuncias, entre otros.

Acobir cuenta con comisionados, principal y suplente, nombrados mediante Decreto Ejecutivo, quienes nos representan en las reuniones mensuales de la Junta Técnica de Bienes Raíces.

El rol que ejerce el corredor de bienes raíces va acompañado del respaldo de un código de ética (resolución No.002-2001 de julio de 2001), que garantiza las buenas prácticas y la conducta general de los profesionales del corretaje de bienes raíces.

Los miembros corredores de Acobir tiene como parte de sus obligaciones, regirse por los estatutos, código de ética y reglamentos, reforzando así los principios y valores que destacan a un profesional.